Divorcios
Divorcios
Los divorcios implican que uno de los cónyuges, o los dos, desean poner fin al vínculo matrimonial que les une, es decir, con un procedimiento de divorcio se extingue la relación que existe entre los cónyuges.
De esta manera, el divorcio es la manera legal de deshacer o disolver una unión matrimonial. Difiere en gran medida de una separación, que consiste básicamente en una suspensión del vínculo conyugal (lo cual no implica la extinción del vínculo matrimonial).
¿Qué requisito es necesario para poder tramitar un divorcio?
Desde el año 2005 cabe la posibilidad de poder iniciar el procedimiento de divorcio, por cualquiera de los cónyuges, siempre y cuando hayan transcurrido tres meses desde la celebración.
Una vez transcurrido el mencionado plazo no hará falta alegar ninguna justa causa para poder iniciar el procedimiento de divorcio.
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¿Qué tipos de divorcio existen?
Existen varios tipos de divorcios en función de las circunstancias del caso concreto, a saber:
1. Divorcio de mutuo acuerdo o amistoso
Este procedimiento de divorcio se caracteriza por ser, a priori, sencillo por cuanto los cónyuges están de acuerdo en llevar a cabo el divorcio de manera amistosa.
Por tanto, son ellos quienes, de mutuo acuerdo y con la supervisión de un abogado, deciden las medidas y acuerdos que regirán su relación cuando el divorcio sea definitivo.
¿Cuáles son las fases de un procedimiento de mutuo acuerdo?
Un divorcio de mutuo acuerdo tiene las siguientes fases:
a) En primer lugar, será necesario llevar a cabo una negociación entre las partes, con la supervisión de un letrado. En este sentido, ambos cónyuges acuerdan los términos del divorcio, es decir, serán ellos los que, siempre y cuando se cumpla lo previsto en la ley y bajo la supervisión de un abogado, decidan los aspectos relevantes (como por ejemplo custodia de los menores y régimen de visitas de los mismos; pago de pensión de alimentos o pensión compensatoria, etc.) que regirán la relación una vez exista una Sentencia de Divorcio.
Estos pactos u acuerdos se redactarán en un convenio regulador (pacto de relaciones familiares en Aragón, se explicará más detalladamente en el siguiente link) en el que se detallan los acuerdos alcanzados. Dicho convenio o pacto de relaciones se deberá presentar ante el Juzgado, junto con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo, siempre y cuando no sea posible tramitar un divorcio notarial (divorcio exprés) (se explicará más detalladamente en el siguiente link).
b) Una vez que se haya alcanzado un acuerdo entre las partes y se haya plasmado en el convenio regulador o pacto de relaciones familiares se deberá presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo o, en su defecto, demanda de divorcio con el consentimiento del otro cónyuge, ante el Juzgado de familia de la localidad que corresponda. Esta demanda será presentada por letrado y procurador/a correspondiente.
c) Una vez que se haya interpuesto la demanda, toda vez que se dé cumplimiento a los requisitos legales, se admitirá a trámite la misma y los cónyuges deberán ratificar los pactos alcanzados de mutuo acuerdo ante el juez.
d) Por último, el Juez emitirá Sentencia de Divorcio, por la que se extingue la relación conyugal. Este es el último paso y es cuando se hace efectiva la extinción de la relación conyugal.
2. Divorcio contencioso
Este tipo de procedimiento se da cuando no existe acuerdo entre los cónyuges en relación a los pactos o cláusulas y, por tanto, uno de los cónyuges decide demandar al otro.
Es importante destacar que no es necesario el consentimiento del otro cónyuge en ningún momento, por lo que, ante la negativa de uno de los cónyuges de no divorciarse, la otra parte podrá iniciar el procedimiento de divorcio sin ningún tipo de inconveniente.
¿Cuáles son las fases de un procedimiento de mutuo acuerdo?
Este procedimiento se inicia con la interposición de una demanda de divorcio por parte de uno de los cónyuges debido a la existencia de diferencias insalvables entre los mismos y, por tanto, no hay esperanzas de encontrar acuerdos en relación a las cláusulas que regirán después de hacerse efectivo el divorcio.
Como consecuencia de la interposición de la mencionada demanda, el cónyuge demandado deberá contestar a la demanda en los plazos legalmente establecidos.
Más adelante, si durante el procedimiento de divorcio no se alcanza un acuerdo entre las partes, será necesario la celebración de una vista en la que cada cónyuge defenderá su postura frente al juez que será el que, en definitiva, decida en relación sobre las cláusulas que regirán una vez exista sentencia de divorcio.
¿Qué cuestiones se discuten en el divorcio contencioso?
Como ocurre en todo procedimiento de divorcio, se determinarán cuestiones que, en virtud de la falta de acuerdo entre los cónyuges, tendrán que ser defendidas en el juicio de divorcio.
Como cuestiones principales, podemos destacar las siguientes:
- Si del matrimonio hubiesen nacido hijos en común, y los mismos son menores de edad, será necesario establecer qué cónyuge ostentará la custodia del menor/es. En este sentido, se determinará en atención al caso concreto si la custodia del menor/es corresponde en exclusiva a uno de los cónyuges o, por el contrario, será compartida. (Véase el artículo relacionado con la custodia de los hijos menores).
- También es importante tener en cuenta la pensión de alimentos. En el procedimiento de divorcio, se determinará en los casos en los que uno de los cónyuges ostente la custodia exclusiva del menor/es, el importe económico derivado de los gastos de manutención del mismo (véase el artículo relacionado con la determinación de la pensión de alimentos).
- La pensión compensatoria es otro de los temas más controvertidos en un divorcio contencioso. La pensión compensatoria consiste en el derecho a percibir una cuantía económica que tiene uno de los cónyuges como consecuencia del desequilibrio que le provoca el procedimiento de divorcio. En este sentido, siempre y cuando se den los requisitos necesarios, el cónyuge que, como consecuencia del divorcio se encuentre en una posición de desequilibrio económico, podrá exigir una compensación económica (véase el artículo relacionado con la pensión de alimentos, cuando procede exigirla y que requisitos son necesarios).
- Para concluir con las cuestiones generales que se derivan de un procedimiento de divorcio, es importante elaborar un listado del activo y el pasivo de los cónyuges para proceder a su liquidación, es decir, habrá que repartir los bienes y las deudas teniendo en cuenta el régimen económico en el que están casados.
3. Divorcio notarial
El divorcio notarial o divorcio exprés es una modalidad de divorcio por la cual no es necesario acudir al juzgado, es decir, es el propio notario el que, mediante escritura pública, lleva a cabo el divorcio de los cónyuges.
Una de las características fundamentales de este tipo de divorcios es la rapidez en la tramitación (es el procedimiento más rápido), así como el ahorro de costes en relación a los otros dos tipos de divorcios comentados anteriormente.
¿Qué requisitos son necesarios para la tramitación del divorcio notarial?
Este tipo de procedimiento de divorcio se da cuando se cumplen los siguientes requisitos:
a) Los cónyuges tienen que estar de acuerdo en divorciarse, es decir, tenemos que estar ante un divorcio de mutuo acuerdo. Si alguno de los cónyuges no quiere divorciarse o no está de acuerdo con las cláusulas futuras, no se podrá tramitar el divorcio ante notario.
b) Es necesario la no existencia de hijos menores en común.
c) El matrimonio tiene que haber durado, como mínimo, tres meses.
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Si se cumplen los requisitos enumerados anteriormente, los cónyuges podrán acudir a la notaría en presencia del abogado para la tramitación amistosa del divorcio.
De esta manera se elaborará un pacto de relaciones familiares (en Aragón) o convenio regulador (fuera de Aragón) el cual se presentará ante el notario y, previo estudio de los requisitos legales, se llevará acabo la reunión con el mismo para firmar el divorcio mediante escritura púbica.
Por último, se llevará a cabo la presentación de la escritura pública de divorcio a los registros correspondientes para que se haga efectivo el divorcio.
Preguntas Frecuentes
Preguntas Frecuentes
Es el documento por el cual se establecen las condiciones y medidas que marcarán la relación de la pareja una vez se finalice el procedimiento de divorcio.
En dicho documento se establecerán medidas, como, por ejemplo:
- Guardia y custodia de los hijos menores en común. Habrá que determinar si la custodia es individual para uno de os cónyuges o, por el contrario, es una custodia compartida.
- Fijación de la cuantía de la pensión por alimentos, si procediera. Este tipo de pensión se suele conceder al progenitor que ostenta la custodia individual del menor o menores.
- Fijación de la pensión compensatoria, que es un tipo de pensión que se otorga al cónyuge que más desfavorecido salga del procedimiento de divorcio, siempre y cuando se cumplan los requisitos necesarios para ello.
- Repartición de los bienes que han conformado el patrimonio del matrimonio.
- Uso de la vivienda familiar temporal a favor de uno de los cónyuges.
Los aspectos del convenio podrían modificarse o variar en caso de que cambie la situación de uno de los cónyuges o las circunstancias.
En el Derecho Civil español existen dos tipos de regímenes económicos, en función de lo que determines los cónyuges:
- Régimen económico de separación de bienes.
Este régimen se caracteriza por el acuerdo alcanzado por los cónyuges por el que se produce la separación de los patrimonios de los dos en su mayoría. En otras palabras, tanto los bienes que cada uno posee antes de casarse, así como los que se adquieren después, son de cada uno de ellos, no de los dos.
- Régimen de gananciales.
La característica fundamental de este régimen económico supone que, tanto los bienes y ganancias, así como las deudas que se originen durante el matrimonio son comunes, por lo que ambos responden solidariamente de ellos.
En los divorcios, hay ocasiones en las que uno de los cónyuges se ve en una situación de desequilibrio económico con respecto al otro cónyuge como consecuencia del divorcio.
Para equilibrar esto, el cónyuge puede restablecer su nivel de vida con cierta ayuda. Esta prestación, si se solicita, es una obligación para el cónyuge que tenga mejor situación económica.
Ante un divorcio de mutuo acuerdo esta pensión se reflejará en el convenio regulador y en un divorcio contencioso, será el juez el que restablezca la cantidad. Para ello se tendrán en cuenta determinados parámetros y datos como, por ejemplo, la edad del cónyuge que recibirá esta pensión, su estado de salud, la cualificación profesional, nivel de estudios y su vida laboral.
Esta pensión suele solicitarla la persona que, como consecuencia del divorcio, se encuentra en una situación de desequilibrio económico con respecto al otro cónyuge.
El cónyuge obligado a pagar la pensión alimenticia tendrá la obligación de pagarle una cantidad mensual al otro para ayudarle a salir adelante y que consiga ser independiente económicamente. Esta pensión se establecerá hasta que la situación cambie o hasta que lo decida el juez.
En los divorcios, hay ocasiones en las que uno de los cónyuges se ve en una situación de desequilibrio económico con respecto al otro cónyuge como consecuencia del divorcio.
Para equilibrar esto, el cónyuge puede restablecer su nivel de vida con cierta ayuda. Esta prestación, si se solicita, es una obligación para el cónyuge que tenga mejor situación económica.
Ante un divorcio de mutuo acuerdo esta pensión se reflejará en el convenio regulador y en un divorcio contencioso, será el juez el que restablezca la cantidad. Para ello se tendrán en cuenta determinados parámetros y datos como, por ejemplo, la edad del cónyuge que recibirá esta pensión, su estado de salud, la cualificación profesional, nivel de estudios y su vida laboral.
Esta pensión suele solicitarla la persona que, como consecuencia del divorcio, se encuentra en una situación de desequilibrio económico con respecto al otro cónyuge.
El cónyuge obligado a pagar la pensión alimenticia tendrá la obligación de pagarle una cantidad mensual al otro para ayudarle a salir adelante y que consiga ser independiente económicamente. Esta pensión se establecerá hasta que la situación cambie o hasta que lo decida el juez.
Sí, es posible modificar las medidas adoptadas en un divorcio, siempre y cuando existan circunstancias justificadas que lo merezcan, es decir, se podrán modificar las medidas adoptadas si aparecen nuevas y significativas circunstancias que así lo merezcan.
- Las medidas más comunes que se pueden modificar son, a grandes rasgos, las siguientes:
Modificación de la pensión de alimentos o de la pensión compensatoria siempre y cuando existan variaciones importantes en la situación económica de una de las partes (aumento de los gastos necesarios, pérdida de empleo, descenso de los ingresos, etc.). - Modificación del régimen de visitas o del régimen de custodia de los menores de edad.
- Cambios en el uso de la vivienda.
El procedimiento para la modificación de las medidas adoptadas en un divorcio es sencillo por cuanto habrá que seguir las siguientes fases: (i) interponer una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado que tramitó el divorcio; (ii) A la mencionada demanda, habrá que aportar las pruebas necesarias que acreditan los cambios significativos comentados anteriormente; (iii) Toda vez que se interponga la demanda, habrá que esperar a que el Juez decida si la modificación de la medida se justifica.