Qué es el divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio exprés es un procedimiento amistoso en el cual los cónyuges acuerdan su divorcio de una forma rápida, sin complicaciones, sin demoras, y sin el coste que conlleva el procedimiento contencioso, ya que permite poner fin a los efectos de un matrimonio sin necesidad de acudir a juicio. Está regulado por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Requisitos para el divorcio de mutuo acuerdo
Para poder acceder a la modalidad de divorcio exprés (divorcio notarial) es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Haberse casado legalmente y tener, o haber tenido, el último domicilio conyugal en España.
- Llevar al menos 3 meses de casados.
- No ser padres de hijos menores de edad.
- Los cónyuges han de estar de acuerdo en optar por esta modalidad de divorcio, al igual que deben mostrar su conformidad en los puntos clave del proceso, de tal forma que se evite la vía contenciosa. Deben estar en condiciones de presentar un convenio regulador.
Procedimiento
Para saber si el divorcio puede tramitarse ante notario o debe realizarse en forma judicial, el factor determinante es, como comentamos con anterioridad, la existencia de hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo.
Para poder divorciarse ante notario, no debe haber hijos menores o dependientes de los padres, ni pueden los padres encontrarse en pleno embarazo durante el proceso. A continuación, vamos a ver los distintos procedimientos en función de la realización por vía judicial o ante notario.
Procedimiento judicial ante un divorcio de mutuo acuerdo
Para llevar a cabo el procedimiento de manera judicial, hay que, en primer lugar, presentar una demanda firmada por abogado y procurador. Junto con esta demanda deberemos adjuntar también una serie de documentación como puede ser el certificado de inscripción del matrimonio, la inscripción de los hijos en el Registro Civil o el certificado de empadronamiento con el cual deben acreditar dónde reside la familia. Esta presentación debe ser acompañada con una propuesta de convenio regulador.
Una vez hecha esta presentación, las dos partes serán citadas ante el Letrado de la Administración de Justicia para confirmar que quieren que se lleve a cabo lo acordado en el convenio regulador. Deberán reafirmar por separado la voluntad de divorcio ante la citación.
Después de la ratificación, el Juzgado analiza el contenido del convenio y la documentación que ha sido aportada. Se puede otorgar un plazo de diez días para las modificaciones que sean necesarios.
Además, se abre un plazo de cinco días para que el Ministerio Fiscal revise si lo que han acordado las dos partes es conforme a la ley en lo relativo a hijos menores o mayores con discapacidad. El Ministerio Fiscal puede solicitar aclaración a las partes sobre los términos del convenio que los afecten, o para oír a los niños si tuvieran juicio suficiente, en el caso de que sea necesario.
Después de realizarlo, inmediatamente después de la ratificación y una vez el Ministerio Fiscal haya dado el visto bueno, el tribunal debe dictar sentencia concediendo el divorcio y pronunciarse sobre el convenio regulador. Aquí pueden aprobarlo entero, o en parte.
En caso de que sea aprobado en parte existe un plazo de diez días para efectuar las modificaciones correspondientes o presentar un nuevo convenio.
Una vez realizada la presentación o vencido el plazo, el tribunal cuenta con tres días para resolver.
La sentencia de divorcio se considera una sentencia firme, por lo que tiene efecto a partir del momento de su dictado.
Procedimiento notarial ante un divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio ante notario es muy similar al divorcio judicial, aunque tiene ciertas particularidades que lo diferencian.
En primer lugar, únicamente es posible si no hay hijos menores o dependientes de los padres y si tampoco hay embarazo en el momento de solicitar dicho divorcio
Los demás requisitos son prácticamente los mismos. Sin embargo, aunque es necesaria la presencia de un abogado para que firme en representación de los futuros divorciados la escritura de divorcio, no es necesaria la participación de un procurador.
En el divorcio ante notario, la ratificación de la voluntad de divorcio y del convenio se realiza a la vez en el mismo acto, por lo que no será necesaria la celebración de una vista para ratificarse en el convenio o pacto de relaciones familiares
Por otro lado, si existen hijos mayores de edad o emancipados que carezcan de ingresos propios y convivan en el domicilio familiar, también deben estar presentes en el momento del otorgamiento de la escritura de divorcio para prestar su aprobación.
Ventajas
Tras profundizar en el tema de los divorcios exprés, vamos a ver las ventajas que nos ofrecen:
- Se lleva a cabo de forma amistosa, ya que ambos cónyuges están de acuerdo en iniciar el proceso y son capaces de llegar a un acuerdo respecto de las regulaciones que con el divorcio se han de realizar.
- El divorcio exprés puede iniciarse a partir del transcurso de tres meses desde la celebración del matrimonio y no requiere de separación previa del mismo.
- Un divorcio exprés puede resolverse en un periodo que oscila de entre 1 a 3 meses, en comparación con el plazo de 8 a 18 meses que suele tardar en resolverse un divorcio contencioso. Por otro lado, en caso de que el divorcio se lleve a cabo ante notario, es posible que se tramite en un periodo no superior a 48 horas.
- El precio del divorcio exprés o de mutuo acuerdo es mucho menor que el del divorcio contencioso, ya que el abogado y el procurador de los cónyuges puede ser el mismo.
Esperamos que os haya gustado este post sobre divorcios exprés.